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Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedINEl Ayuntamiento de Madrid pondrá en marcha la campaña de inspección y control del etiquetado de productos textiles de 2014 que visitará cien establecimientos de la ciudad con el objetivo de comprobar y promover el adecuado cumplimiento de la normativa de consumo en este aspecto.
Desde este lunes hasta el 15 de octubre, nueve inspectores de Consumo visitarán cien establecimientos donde se venden productos textiles para verificar su etiquetado, incidiendo especialmente en el control de los artículos que tengan antecedentes en redes de alerta, como ropa infantil y de hogar. Esta campaña se realiza dentro del marco de colaboración entre el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid.
En concreto, según detalla el Ayuntamiento en un comunicado, se comprobará el cumplimiento de aspectos, que obligatoriamente deben reflejarse en el etiquetado de los textiles, como la información "clara sobre la naturaleza y composición de los productos", mediante el uso de las denominaciones definidas para las distintas fibras textiles y la indicación de la composición, con designación del nombre y porcentaje en peso de las fibras conforme a lo especificado en la normativa vigente.
También se comprobará la identificación completa del responsable de cada prenda, con información del nombre, razón social o denominación del fabricante, comerciante o importador y, en todo caso, su domicilio y su NIF.
Se debe presentar adecuadamente en el etiquetado las indicaciones obligatorias de "forma clara, visible y legible" para el consumidor, con arreglo a las especificaciones establecidas para cada tipo de producto textil y con la información sobre la composición en etiqueta cosida a la prenda. La información, además, debe esta expresada al menos en castellano.
Respecto al etiquetado facultativo o voluntario, el Ayuntamiento explica que la información sobre la conservación de los productos textiles (lavado, planchado, secado), aparecerá netamente diferenciado del obligatorio y que no se incluye cualquier forma de publicidad o promoción que pueda causar confusión sobre la naturaleza, origen o composición del producto.
Además, en los comercios inspeccionados se comprobará si disponen de documento acreditativo que faculte para el ejercicio de su actividad. También debe fomentarse la adecuada exhibición de los precios de los productos puestos a la venta en el interior del establecimiento y, en su caso, en el escaparate.
Otro aspecto será velar para que la publicidad y las cláusulas expuestas al público respetan los derechos de los consumidores y no dan lugar a error. Además, la entrega de documento justificativo de la compra, en el que conste, como mínimo, la identidad del proveedor, la cantidad abonada, el concepto y la fecha.
Finalmente, se comprobará que el comerciante tiene a disposición del público las hojas de reclamaciones y anuncia su existencia, mediante cartel ajustado al modelo oficial, de modo permanente y visible al público.
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