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Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedINLa patronal FICE-AEC y los sindicatos firmaron el pasado viernes un preacuerdo con las condiciones que conformarán el nuevo convenio colectivo en la industria del calzado con vigencia hasta el 2016. Se desconvoca así la huelga convocada para julio.
Los cambios en las cláusulas del actual convenio, que debía finalizar en diciembre 2014, incorporan nuevas condiciones que permitirán a las empresas seguir siendo competitivas y garantizar, en la medida de lo posible, el empleo en las condiciones más favorables para los trabajadores.
Las condiciones acordadas y firmadas en el preacuerdo, señalan los temas más relevantes, como son:
Contratación, que se traspasará lo regulado para el fijo-discontinuo en el apartado 3 del art. 15 del convenio 2012-2013.
En materia de flexibilidad art. 23, punto 4, se introduce un nuevo texto que señala las diferencias derivadas de la distribución irregular de la jornada, que deberán quedar compensadas dentro del año natural, salvo que, acreditada la necesidad, bien por acumulación de horas por mayor actividad, o bien, por el descenso de la misma en el último trimestre del año, fuera necesario ampliar el plazo de compensación a los tres primeros meses del año siguiente, como máximo.
Licencias art. 27, establece un cambio que incrementa en 2 horas anuales, hasta un total de 18 horas anuales, para su utilización en la asistencia a consultorios médicos y clínicas para el acompañamiento de hijos menores y mayores dependientes durante el periodo de trabajo, y será retribuida con arreglo al salario de convenio, siempre que estos no tengan establecidos horarios de consulta que permitan asistir a ellos fuera de la jornada de trabajo.
Se acuerda fijar el incremento salarial para el 2014, en el 1%, y un 0,5% para el 2015.
Las Organizaciones firmantes del presente convenio, acuerdan reactivar el funcionamiento del Observatorio Industrial, con el fin de realizar un correcto y eficaz seguimiento del desarrollo tanto a nivel del sector como económico, con la celebración en el 2015 de diversas reuniones entre las partes.
Respecto a los reparadores de calzado, ambas partes acuerdan reunirse en comisión técnica entre el representante empresarial y representantes sindicales para proceder a la equiparación de la clasificación profesional, la cual, se ratificará junto con el resto del convenio de la industria del calzado el día de su firma, fijándose, para el día 11 de julio, para tal efecto.
Los cambios en las cláusulas del actual convenio, que debía finalizar en diciembre 2014, incorporan nuevas condiciones que permitirán a las empresas seguir siendo competitivas y garantizar, en la medida de lo posible, el empleo en las condiciones más favorables para los trabajadores.
Las condiciones acordadas y firmadas en el preacuerdo, señalan los temas más relevantes, como son:
Contratación, que se traspasará lo regulado para el fijo-discontinuo en el apartado 3 del art. 15 del convenio 2012-2013.
En materia de flexibilidad art. 23, punto 4, se introduce un nuevo texto que señala las diferencias derivadas de la distribución irregular de la jornada, que deberán quedar compensadas dentro del año natural, salvo que, acreditada la necesidad, bien por acumulación de horas por mayor actividad, o bien, por el descenso de la misma en el último trimestre del año, fuera necesario ampliar el plazo de compensación a los tres primeros meses del año siguiente, como máximo.
Licencias art. 27, establece un cambio que incrementa en 2 horas anuales, hasta un total de 18 horas anuales, para su utilización en la asistencia a consultorios médicos y clínicas para el acompañamiento de hijos menores y mayores dependientes durante el periodo de trabajo, y será retribuida con arreglo al salario de convenio, siempre que estos no tengan establecidos horarios de consulta que permitan asistir a ellos fuera de la jornada de trabajo.
Se acuerda fijar el incremento salarial para el 2014, en el 1%, y un 0,5% para el 2015.
Las Organizaciones firmantes del presente convenio, acuerdan reactivar el funcionamiento del Observatorio Industrial, con el fin de realizar un correcto y eficaz seguimiento del desarrollo tanto a nivel del sector como económico, con la celebración en el 2015 de diversas reuniones entre las partes.
Respecto a los reparadores de calzado, ambas partes acuerdan reunirse en comisión técnica entre el representante empresarial y representantes sindicales para proceder a la equiparación de la clasificación profesional, la cual, se ratificará junto con el resto del convenio de la industria del calzado el día de su firma, fijándose, para el día 11 de julio, para tal efecto.
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